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  • IV Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos

    IV Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos

    El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de 20 de octubre de 2025 por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, mediante el cual se aprueba el IV Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado (AGE) y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

    Con este nuevo plan, la Administración refuerza su compromiso con la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, consolidando los avances logrados y abordando los retos que aún persisten en el ámbito laboral, organizativo y cultural.

    Un marco sólido para la igualdad

    La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, estableció la obligación de aprobar planes de igualdad en la AGE al inicio de cada legislatura. Desde entonces, se han sucedido tres planes (2011, 2015 y 2020) que han contribuido significativamente a la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas y en la gestión del empleo público.

    El IV Plan da un paso más. Diseñado bajo la premisa “Conocerse para mejorar”, promueve un conocimiento continuo y profundo sobre la situación de igualdad en la Administración, con el fin de diseñar medidas eficaces basadas en evidencias. El plan se articula en 6 ejes estratégicos y 45 medidas concretas, que buscan eliminar las desigualdades, fomentar la corresponsabilidad, prevenir la violencia de género y fortalecer la cultura organizacional desde la igualdad.

    Además, este nuevo plan se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en especial el ODS 5 (Igualdad de género) y el ODS 8 (Trabajo decente y crecimiento económico), así como con los compromisos internacionales asumidos por España, como el Convenio de Estambul y el Convenio 190 de la OIT sobre la violencia y el acoso en el trabajo.

    Ejes estratégicos y objetivos

    El IV Plan se estructura en seis ejes que marcan las líneas de actuación para los próximos años:

    1. Medidas instrumentales para la transformación organizacional: busca consolidar una cultura institucional que integre la igualdad en todas las estructuras y procesos, fomentando la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los niveles.
    2. Sensibilización, formación y capacitación: promueve la formación continua del personal en materia de igualdad, para detectar y corregir sesgos de género, garantizando una administración más inclusiva.
    3. Condiciones de trabajo y desarrollo personal: aborda la brecha salarial y la promoción profesional, impulsando medidas que favorezcan la retención y el desarrollo del talento femenino.
    4. Corresponsabilidad y conciliación: fomenta la corresponsabilidad en los cuidados y la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, promoviendo una distribución equilibrada de las responsabilidades.
    5. Violencia contra las mujeres: refuerza la protección de las empleadas públicas mediante la aplicación del Protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo, garantizando entornos laborales seguros y respetuosos.
    6. Conocimiento de la igualdad en la AGE: establece la recogida sistemática y homogénea de datos sobre igualdad para mejorar la evaluación y la toma de decisiones basada en evidencias.

    Diagnóstico y avances previos

    El diagnóstico previo del III Plan de Igualdad (2020-2023) reveló avances notables, con un grado de ejecución del 59% de las medidas previstas. Destacaron las áreas de sensibilización (82%) y condiciones de trabajo (75%), mientras que la corresponsabilidad y la conciliación presentaron un desarrollo más limitado (43%).

    El informe de seguimiento evidenció logros relevantes, como la aprobación del Real Decreto 247/2024, que consolida el protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo, y la puesta en marcha de un plan integral de formación en igualdad que abarca todos los niveles de la Administración.

    En términos de empleo, las mujeres representan ya el 53% del personal de la AGE, superando en número a los hombres. Sin embargo, el diagnóstico también muestra desigualdades verticales, con una mayor concentración femenina en los grupos profesionales de menor rango, lo que confirma la persistencia del llamado “techo de cristal”.

    Asimismo, se ha detectado una sobrerrepresentación de mujeres en el personal interino (72%), y una presencia aún minoritaria en departamentos históricamente masculinizados, como Interior o Defensa. Estos datos reflejan la necesidad de seguir trabajando en políticas activas de igualdad y promoción profesional equilibrada.

    Hacia una administración ejemplar en igualdad

    El IV Plan para la Igualdad de Género reafirma la voluntad del Gobierno de consolidar un cambio cultural en la Administración Pública. Sus objetivos van más allá del cumplimiento normativo: buscan transformar la cultura organizativa, promover un liderazgo inclusivo y fortalecer la estructura institucional de igualdad. El plan prevé un sistema de seguimiento y evaluación periódica, con indicadores claros y medibles, que permitirá valorar el impacto real de las medidas y garantizar su mejora continua. Además, se impulsará una estrategia de comunicación y sensibilización para que todas las personas empleadas públicas conozcan y participen activamente en la implantación del plan.

    En definitiva, el IV Plan de Igualdad de Género de la Administración General del Estado constituye una apuesta decidida por una Administración más justa, moderna y equitativa. Su desarrollo no solo fortalecerá la igualdad dentro del sector público, sino que también servirá como referente para el ámbito privado, contribuyendo a avanzar hacia una sociedad más igualitaria, inclusiva y sostenible.

     

  • El Tribunal Supremo refuerza la igualdad laboral: reconoce el derecho a percibir íntegro el complemento de absentismo en casos de reducción de jornada por guarda legal

    El Tribunal Supremo refuerza la igualdad laboral: reconoce el derecho a percibir íntegro el complemento de absentismo en casos de reducción de jornada por guarda legal

    Fecha: 07/11/2025
    Fuente: Sentencia del Tribunal Supremo, STS 4135/2025 (ECLI:ES:TS:2025:4135)

    El Tribunal Supremo (TS) ha emitido una sentencia clave en materia de igualdad y derechos laborales, reconociendo que las personas trabajadoras que se acogen a una reducción de jornada por guarda legal tienen derecho a percibir íntegramente el complemento de absentismo previsto en convenio colectivo, sin que proceda su reducción proporcional en función de la jornada.

    La decisión, recogida en la Sentencia de 23 de septiembre de 2025 (STS 4135/2025), consolida la doctrina ya establecida en fallos anteriores (STS 681/2025, de 2 de julio, y STS 588/2025, de 12 de junio). Según el alto tribunal, este complemento tiene la finalidad de incentivar la asistencia al trabajo, no de retribuir la duración de la jornada, por lo que su devengo depende únicamente de la presencia efectiva en el puesto de trabajo.

    En palabras del Tribunal, “el plus de absentismo no guarda relación con el tiempo trabajado, sino con la asistencia regular al trabajo”. Por tanto, quienes cumplen con su jornada reducida no deben ver mermado su derecho a este complemento.

    Además, la sentencia subraya que aplicar una reducción proporcional al complemento supondría una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que la mayoría de personas que solicitan reducciones de jornada por guarda legal son mujeres. Esta interpretación refuerza el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

    Con este fallo, el Tribunal Supremo avanza en la protección de los derechos de conciliación y en la eliminación de prácticas empresariales que, aunque aparentemente neutras, pueden generar desigualdad.

    Claves del fallo:

    -El complemento de absentismo se percibe íntegro aunque exista reducción de jornada.

    -La medida evita una discriminación indirecta por razón de sexo.

    -Se refuerza la protección de las personas que ejercen derechos de conciliación familiar y laboral.

  • Campaña de renovación de planes de igualdad: «La igualdad no caduca, pero tu plan sí.»

    Campaña de renovación de planes de igualdad: «La igualdad no caduca, pero tu plan sí.»

    Los cuatro agentes sociales, CEPYME Aragón, CEOE Aragón, CC.OO. Aragón y UGT Aragón, en colaboración con Gobierno de Aragón, han desarrollado una campaña informativa dirigida tanto a las empresas como a la representación legal de las personas trabajadoras (RLPT), donde se aborda la importancia de comenzar con tiempo suficiente la negociación del siguiente plan. El lema de dicha campaña ha sido “La igualdad no caduca, pero tu plan sí”.

    La normativa actual reguladora de los planes de igualdad no contempla la ultraactividad de los mismos, es decir, los planes de igualdad tienen la vigencia pactada por la comisión negociadora, que puede ser un máximo de 4 años. Muchos de los planes vigentes fueron negociados en los años 2021 y 2022- tras la entrada en vigor de los RD 901 y 902, lo que significa que un porcentaje significativo de ellos perderá su vigencia en los próximos meses.

    Esta situación se puede evitar si se ha previsto, con suficiente antelación, que la Comisión Negociadora de cada plan se constituya de nuevo e inicie el proceso para la definición, diseño e implementación del siguiente plan de igualdad.

    Esta campaña informativa incluye el diseño en infografía de los aspectos más importantes relativos a la vigencia de los planes, la constitución de las comisiones negociadoras, los procesos de negociación, además de la evaluación intermedia y final que se recoge en la norma de aplicación, como aspectos fundamentales de la evaluación del plan que pierde su vigencia.

    Para ello se han realizado las cuatro infografías siguientes sobre la renovación de planes de igualdad:

    Obligaciones legales

    – Beneficios de renovar a tiempo

    – ¡6 meses antes es ahora!

    – Responsabilidad compartida

    Dichas infografías pueden descargarse AQUÍ

     

  • Integración de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales más allá del embarazo y la lactancia. Los planes de igualdad.

    Integración de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales más allá del embarazo y la lactancia. Los planes de igualdad.

    El proyecto «Integración de la prevención de riesgos laborales en los planes de igualdad» tiene como objetivo, además de conocer el nivel de integración de la PRL en los planes de igualdad, dotar de unas pautas de integración para su avance.

    Como ya se comentó en el post «Integración de la prevención de riesgos laborales en los planes de igualdad» publicado el pasado 28 de octubre en esta web, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha publicado un estudio técnico sobre esta materia, pretendiendo así contribuir al impulso de la prevención de riesgos laborales con perspectiva de género.

    Este informe se complementa con 3 dípticos específicos que recogen pautas para la integración de la perspectiva de género en los planes de igualdad más allá de los mínimos que la Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales señala en lo relativo al embarazo y la lactancia en su artículo 26.

    Los dípticos que el INSST ha publicado, complementando el estudio mencionado, son los siguientes:

    • «Negociando el plan de igualdad». (Acceder).
    • «Seguridad e Higiene. Más allá del embarazo y la lactancia…». (Acceder).
    • «Ergonomía y Psicosociología. Más allá del embarazo y la lactancia…». (Acceder).

    El primero tiene por objetivo principal mostrar brevemente pautas para facilitar esta tarea de integración a la comisión negociadora de los planes de igualdad. Y los otros dos, tienen como objetivo principal mostrar ejemplos de pautas para facilitar la tarea de integración de estas disciplinas en los planes de igualdad.

  • Los agentes sociales presentan el Estudio sobre el Registro de los Planes de Igualdad en Aragón

    Los agentes sociales presentan el Estudio sobre el Registro de los Planes de Igualdad en Aragón

    El estudio realizado por los agentes sociales, CCOO, CEOE, CEPYME y UGT, en Aragón en el marco de una subvención con el Gobierno de Aragón en materia de relaciones laborales que posibilita desarrollar actuaciones de igualdad, entre otras, presenta un análisis de las hojas estadísticas de los planes de igualdad registrados en el REGCON (Registro de Convenios y Planes de Igualdad).

    Este análisis proporciona una visión detallada sobre los planes de igualdad registrados en nuestra comunidad autónoma, identificando tendencias en la negociación por sectores de actividad, tamaño de empresa, presencia de mujeres y hombres en la plantilla, así como en los puestos de mando intermedio y de dirección.

    El REGCON a fecha 30 de mayo de 2025 ofrecía un total de 410 planes registrados en Aragón, si bien han sido 399 los que ofrecen datos completos y con los que se ha llevado a cabo dicho análisis.

    Se destacan entre otras muchas conclusiones que:

    • El 87,97% de los planes de igualdad registrados en Aragón son de carácter obligatorio.
    • El 88,22% de las empresas se encuentran desarrollando su primer plan de igualdad. Esto se debe principalmente a que son empresas no muy grandes y que fue en marzo de 2022 cuando entró en vigor la obligación de disponer de un plan de igualdad si la plantilla de la empresa era de 50 o más personas.
    • El 99% de los planes se acordaron con la representación legal de las personas trabajadoras, poniendo de manifiesto el buen nivel de diálogo social existente en Aragón.
    • El 51,38% de las empresas con plan de igualdad tienen su plantilla masculinizada y solo el 17,54% muestran equilibrio entre mujeres y hombres en su composición.
    • La desigualdad se acentúa en los puestos de mayor responsabilidad, incluso en empresas con plantillas feminizadas o con equilibrio. Destaca como el 75% de las empresas con sus plantillas en equilibrio entre mujeres y hombres presentan direcciones masculinizadas.
    • Los sectores de los servicios y de la industria aglutinan la mayor parte de los planes de igualdad, debido principalmente al tamaño de las empresas de estos sectores.

    El estudio ofrece, a su vez, una serie de propuestas y retos como oportunidad de desarrollo del talento femenino en las empresas y como apuesta por el equilibrio en la composición de las plantillas.

    Acceder al estudio completo:

    INFORME DE RESULTADOS_ ANÁLISIS DE DATOS DEL REGISTRO DE PLANES DE IGUALDAD EN ARAGÓN

     

  • INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LOS PLANES DE IGUALDAD

    INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LOS PLANES DE IGUALDAD

    El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha publicado el estudio técnico “Integración de la prevención de riesgos laborales en los planes de igualdad, documento que pretende contribuir al impulso de la prevención de riesgos laborales con perspectiva de género a partir del análisis de su integración en los planes de igualdad.

    Con la entrada en vigor del Real Decreto 901/2020 por el que se regulan los planes de igualdad y su registro se establece la obligación de incorporar entre las materias a tratar en la fase de diagnóstico la prevención de riesgos laborales.

    El informe, elaborado por el Centro Nacional de Condiciones de Trabajo (CNCT), se centra en el análisis del nivel de integración de la prevención de riesgos laborales en los planes de igualdad de una muestra aleatoria de 60 empresas, lo que representa un 1% del total de planes de igualdad registrados con acuerdo en REGCON a fecha 3 de noviembre de 2022.

    En él se destacan las mejores prácticas identificadas y aquellas áreas donde se requiere un mayor impulso para asegurar que se traduzcan en entornos laborales equitativos y seguros para todas las personas trabajadoras, independientemente de su género. El análisis de estos planes muestra, por tanto, los logros, así como las áreas de mejora.

    PRINCIPALES CONCLUSIONES

    Las principales conclusiones obtenidas tras el análisis realizado son las siguientes:

    • El sector primario es el menos numeroso de los tres y destaca que el 70 % del personal lo componen hombres frente al 30 % de mujeres. Esta diferencia se incrementa en el sector secundario, el cual está formado por un 87% de hombres frente un 13 % de mujeres. En cuanto al sector terciario se muestra más equiparado con un 53 % de la plantilla masculina y un 47 % femenina.
    • La principal materia que recogen las empresas de los planes de igualdad analizados es la de lenguaje y comunicación no sexista (82 %), seguida de la salud laboral (77 %) y la violencia de género (65 %).
    • Un 82% de la muestra analizada recoge medidas de PRL vinculadas con términos relacionados con efectos en la salud de las trabajadoras debido a los riesgos psicosociales.
    • Un 54 % de los planes analizados contemplan la situación de embarazo y lactancia y un 79 % el acoso, bien por separado o de manera conjunta.
    • Un 26 % de los planes presenta medidas, en su mayoría muy genéricas, más allá de los riesgos psicosociales y de la protección en situación de embarazo, lactancia y acoso.
    • En un alto porcentaje de los planes se da por integrada la perspectiva de género en PRL aplicando alguna de las siguientes acciones:
      • Desagregando los datos por sexo.
      • Publicitando el lenguaje inclusivo y no sexista.
      • Listando medidas de conciliación no corresponsable.
      • Indicando que hay que tener en cuenta los riesgos psicosociales.
      • Ofreciendo información y formación a las personas trabajadoras.
      • Señalando la necesidad de protección en situación de embarazo o lactancia.
      • Presentando un protocolo para la prevención e intervención contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

     

    RECOMENDACIONES

    En cuanto a las recomendaciones generales el informe destaca las siguientes:

    • Incluir la perspectiva de género en los estudios e investigaciones.
    • Disponer de información desagregada teniendo en cuenta la variable sexo y aquellas variables relacionadas con el género, permitiendo a partir de la evaluación de riesgos analizar la exposición a los riesgos laborales y sus diferentes efectos.
    • Formar en perspectiva de género al personal prevencionista, al personal de medicina en el trabajo, y de manera transversal, a todos los niveles de la organización.
    • Visibilizar los trabajos de cuidados, tanto remunerados como no remunerados, y fomentar la conciliación corresponsable entre mujeres y hombres.
    • Incentivar la representación femenina en los diferentes espacios de decisión tanto de la de la parte social como empresarial.
    • Fomentar el uso del lenguaje inclusivo y no sexista.
    • Establecer indicadores para el seguimiento del nivel de integración de la perspectiva de género en PRL.
    • Incentivar los planes de igualdad voluntarios y la aplicación del RD 901/2020 como metodología de elaboración e implementación de los planes, incluso en aquellos supuestos en los que no es obligatorio por Ley.

    Este estudio ofrece pautas metodológicas y de gestión para facilitar esa integración, destacando la necesidad de coordinación entre los departamentos de igualdad y prevención, la formación específica en género para los equipos técnicos y la incorporación de indicadores que permitan evaluar el impacto de las medidas adoptadas.

    DESCARGAR ESTUDIO

     

  • Nueva convocatoria de subvenciones para fomentar la igualdad en las PYMES aragonesas (2025)

    Nueva convocatoria de subvenciones para fomentar la igualdad en las PYMES aragonesas (2025)

    El Gobierno de Aragón ha publicado la Orden PEJ/1332/2025, de 30 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades de información, divulgación y sensibilización en materia de igualdad en las pequeñas y medianas empresas (PYMES) durante el año 2025.

    Esta iniciativa, impulsada por el Departamento de Presidencia, Economía y Justicia, se enmarca dentro del compromiso del Ejecutivo aragonés con la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007 y la Ley 7/2018, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Aragón.

    Objetivo de la convocatoria

    El propósito principal de estas ayudas es promover entornos laborales igualitarios, libres de discriminación y acoso por razón de sexo, a través de la realización de acciones formativas, informativas y de sensibilización dirigidas al personal de las empresas solicitantes.

    Se trata de una línea de apoyo que busca reforzar la cultura corporativa basada en el respeto, la corresponsabilidad y la igualdad de oportunidades, contribuyendo además al cumplimiento de las obligaciones legales en materia de igualdad que ya afectan a las empresas de más de 50 personas trabajadoras.

    ¿Quién puede beneficiarse?

    Podrán optar a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (con plantillas de entre 50 y 250 trabajadores/as) que desarrollen su actividad económica en Aragón y cuenten con un Plan de Igualdad registrado en REGCON antes de la publicación de la convocatoria.

    Las empresas beneficiarias deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no haber sido sancionadas por infracciones graves en materia de igualdad, discriminación o derechos laborales.

    Actividades subvencionables

    Serán objeto de subvención las acciones presenciales que fomenten la igualdad de género en el entorno laboral, como por ejemplo:

    • Jornadas o talleres de sensibilización sobre igualdad, corresponsabilidad y prevención del acoso.
    • Campañas internas de comunicación con lenguaje inclusivo.
    • Elaboración de materiales divulgativos o informativos sobre buenas prácticas en igualdad.
    • Acciones de divulgación orientadas a promover entornos laborales inclusivos y libres de discriminación.

    Estas actividades deberán desarrollarse entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2025 y cumplir con criterios de comunicación no sexista en todos sus materiales.

    Dotación económica y cuantías

    El Gobierno de Aragón destina un total de 90.000 euros a esta convocatoria, con un máximo de 5.000 euros por proyecto. Las ayudas podrán cubrir hasta el 100% de los gastos subvencionables, siempre que no se superen los límites de financiación conjunta con otras ayudas públicas.

    Los conceptos subvencionables incluyen:

    • Gastos de personal vinculado a la ejecución del proyecto.
    • Materiales de divulgación (carteles, dípticos, soportes digitales).
    • Costes derivados de la organización de jornadas y actividades.
    • Gastos generales hasta un 10% del total del proyecto.

    Cómo y cuándo presentar las solicitudes

    El plazo de presentación es de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón (BOA n.º 199, de 15 de octubre de 2025), por lo que finalizará el día 5 de noviembre de 2025.

    Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía electrónica a través de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón (www.aragon.es/tramites), utilizando el trámite n.º 11131 “Ayudas para el desarrollo de actividades de información, divulgación y sensibilización en materia de igualdad”.

    Para acceder será necesario contar con certificado digital o sistema Cl@ve. En caso de duda o incidencia técnica, se puede contactar con la Dirección General de Trabajo a través del correo electrónico trabajo@aragon.es.

    Tramitación: aquí

     

  • VI JORNADA IGUALDAD EN LA EMPRESA ARAGÓN

    VI JORNADA IGUALDAD EN LA EMPRESA ARAGÓN

    El próximo 30 de octubre de 2025 se celebra la VI Jornada de Igualdad en la Empresa en Aragón.

    La promoción de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito laboral continúa siendo un objetivo esencial en la sociedad actual. En este marco, el Grupo de Trabajo sobre Planes de Igualdad en las Empresas, formado por el Gobierno de Aragón, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, CEOE Aragón, CEPYME Aragón, UGT Aragón y CCOO Aragón, impulsa una nueva edición de esta jornada anual, que se ha consolidado como un espacio de referencia en la materia.

    Este año, además de abordar la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo, la VI Jornada pone especial énfasis en la elaboración de una campaña informativa sobre la vigencia y renovación de los planes de igualdad en las empresas.

    La normativa actual no contempla la ultraactividad de los planes de igualdad, que tienen una vigencia máxima de cuatro años. Dado que muchos planes fueron negociados en los años 2021 y 2022, un gran número de ellos perderá su vigencia en los próximos meses. Por ello, los agentes sociales —UGT Aragón, CCOO Aragón, CEOE Aragón y CEPYME Aragón— desarrollarán una campaña dirigida a las empresas y a la representación legal de las personas trabajadoras, con el objetivo de concienciar sobre la necesidad de iniciar con tiempo suficiente la negociación de los nuevos planes.

    Esta jornada incluirá infografías y materiales divulgativos sobre los aspectos clave de la normativa, como la vigencia de los planes, la constitución de comisiones negociadoras, los procesos de evaluación intermedia y final.

    El acto de inauguración contará con la intervención de Mar Vaquero, Vicepresidenta y Consejera de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón.

    La ponencia central, “El acoso sexual en el ámbito laboral, prevención y protocolos de actuación”, correrá a cargo de Gemma Fabregat, Catedrática del Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universitat de València.

    Posteriormente, se celebrará la mesa de debate “La igualdad en el ámbito laboral desde la perspectiva y el trabajo en el marco del diálogo social. Los planes de igualdad, su evolución y retos de futuro”, con participación de UGT Aragón, CEOE Aragón, CCOO Aragón y CEPYME Aragón.

    La jornada será clausurada por Jesús Divassón, Director General de Trabajo del Gobierno de Aragón, y finalizará con un espacio de Café Networking.

    Fecha: Miércoles, 30 de octubre de 2025
    Horario: De 09:00 a 12:00 h
    Lugar: Sala Goya, San Pedro Nolasco 7, Zaragoza

    Las inscripciones pueden realizarse a través del siguiente enlace: [INSCRIPCIONES]

     

    CARTEL DE LA JORNADA CON INSCRIPCIÓN

  • El Instituto de las Mujeres presenta un estudio que revela que las pensiones de las mujeres son un 31% más bajas que las de los hombres

    El Instituto de las Mujeres presenta un estudio que revela que las pensiones de las mujeres son un 31% más bajas que las de los hombres

    El estudio propone reformas estructurales, entre ellas cambios en el modelo contributivo y la flexibilización de sus requisitos.

    El objetivo principal de este estudio “Análisis de la brecha de género en las pensiones” presentado por el Instituto de las Mujeres, es identificar el alcance de la brecha de género en el ámbito de las pensiones y facilitar las estrategias, medidas y líneas de acción que permitan alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres en el sistema de pensiones.

    La brecha en las pensiones se trata de una brecha que limita la autonomía económica y la seguridad de las mujeres en sus años de retiro y encuentra su origen en las disparidades económicas, sistémicas y sociales acumuladas a lo largo de la vida laboral.

    A pesar de los avances registrados en las últimas décadas, los datos analizados en el informe confirman que las mujeres continúan enfrentando una situación de desprotección económica en el momento de su jubilación. Según el informe, a enero de 2025, la pensión media mensual de los hombres ascendía a 1.564,53 euros, mientras que la de las mujeres se situaba en 1.071,76 euros, lo que representa una brecha de género del 31%.

    El informe, además de hacer un diagnóstico de la situación actual, identifica varias líneas de acción prioritarias que deben abordarse de forma coordinada: la reforma del modelo contributivo y la flexibilización de sus requisitos; el reconocimiento del trabajo de cuidados en el sistema de pensiones; la incorporación de un enfoque interseccional; la transformación del mercado laboral que ataje las desigualdades sociolaborales existentes; una educación financiera que empodere económicamente a las mujeres, especialmente a quienes están en situación de vulnerabilidad; un fortalecimiento de políticas de conciliación y corresponsabilidad, así como coordinación de las políticas laborales, fiscales y de bienestar.

    Acceder al Informe.

  • BOLETIN IGUALDAD EN EL EMPLEO_PARIDAD Y REPRESENTACIÓN EQUILIBRADA DE MUJERES Y HOMBRES

    BOLETIN IGUALDAD EN EL EMPLEO_PARIDAD Y REPRESENTACIÓN EQUILIBRADA DE MUJERES Y HOMBRES

    El Instituto de las Mujeres ha publicado el Boletín de Igualdad en el Empleo nº 8, con el objetivo de analizar el marco conceptual y normativo que sustenta la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres en los ámbitos de decisión de la vida política, económica y social.

    A los efectos de esta ley se entiende por representación paritaria y presencia equilibrada entre mujeres y hombres “aquella situación en la que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento en un ámbito determinado.

    Podrá no aplicarse el criterio de representación paritaria y presencia equilibrada entre mujeres y hombres, en consonancia con el principio de acción positiva, cuando exista una representación de mujeres superior al sesenta por ciento que, en todo caso, deberá justificarse”.

    A lo largo del documento se exponen las causas estructurales que limitan el acceso de las mujeres a los puestos de liderazgo (como el techo de cristal o el suelo pegajoso) y se recuerda cómo estas desigualdades se traducen también en brechas retributivas y en un impacto directo sobre sus trayectorias profesionales.

    Nos muestra además cómo las modificaciones introducidas por la Ley de Paridad afectan a diferentes instituciones y organizaciones, tanto de la vida económica como política y social:

    • Ámbito institucional y político: se analiza cómo la norma asegura la paridad en las listas electorales, en la conformación del Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos y los órganos de gobierno locales. También se aborda su impacto en el poder ejecutivo, al exigir que los consejos de ministros y consejerías mantengan una composición equilibrada entre mujeres y hombres.
    • Ámbito empresarial y económico: se examina la obligatoriedad de una representación equilibrada en los consejos de administración de grandes empresas, incluyendo tanto sociedades cotizadas como no cotizadas de gran dimensión. El texto explica cómo esta disposición pretende corregir la histórica infrarrepresentación femenina en los órganos de gobierno corporativo.
    • Ámbito social e institucional complementario: se detallan las implicaciones en órganos constitucionales, consejos consultivos y otros entes de relevancia pública, garantizando igualmente la participación paritaria.

    El análisis no se limita a describir los artículos de la norma, sino que también desarrolla sus finalidades prácticas, como fomentar la igualdad real en la toma de decisiones o impulsar un cambio cultural hacia la corresponsabilidad.

    Este nuevo boletín pretende informar y sensibilizar sobre la importancia de contar con una participación equilibrada de mujeres y hombres en la toma de decisiones, facilitando herramientas y contribuyendo así a la promoción y apoyo al cumplimiento de la Ley de Paridad.

    Por último, se detallan las fechas de aplicación en cada ámbito, cumplimiento que se exige de manera gradual a partir del 30 de junio de 2026:

    • A partir del 30 de junio de 2026, en el caso de las empresas del IBEX 35.
    • A partir del 30 de junio de 2027, en el supuesto del resto de empresas cotizadas. Además, en las entidades de interés público “se aplicarán gradualmente respecto de los Consejos de Administración y alta dirección”, si bien deberán “alcanzar el porcentaje del treinta y tres por ciento del sexo menos representado en dichos órganos a fecha 30 de junio de 2026, y del cuarenta por ciento del sexo menos representado el 30 de junio de 2029”.
    • A partir del 30 de junio de 2028 para los sindicatos, asociaciones empresariales, fundaciones, organizaciones del Tercer Sector de acción social y entidades de la economía social.
    • A partir del 30 de junio de 2029 para los Colegios Profesionales.

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