INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LOS PLANES DE IGUALDAD

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El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha publicado el estudio técnico “Integración de la prevención de riesgos laborales en los planes de igualdad, documento que pretende contribuir al impulso de la prevención de riesgos laborales con perspectiva de género a partir del análisis de su integración en los planes de igualdad.

Con la entrada en vigor del Real Decreto 901/2020 por el que se regulan los planes de igualdad y su registro se establece la obligación de incorporar entre las materias a tratar en la fase de diagnóstico la prevención de riesgos laborales.

El informe, elaborado por el Centro Nacional de Condiciones de Trabajo (CNCT), se centra en el análisis del nivel de integración de la prevención de riesgos laborales en los planes de igualdad de una muestra aleatoria de 60 empresas, lo que representa un 1% del total de planes de igualdad registrados con acuerdo en REGCON a fecha 3 de noviembre de 2022.

En él se destacan las mejores prácticas identificadas y aquellas áreas donde se requiere un mayor impulso para asegurar que se traduzcan en entornos laborales equitativos y seguros para todas las personas trabajadoras, independientemente de su género. El análisis de estos planes muestra, por tanto, los logros, así como las áreas de mejora.

PRINCIPALES CONCLUSIONES

Las principales conclusiones obtenidas tras el análisis realizado son las siguientes:

  • El sector primario es el menos numeroso de los tres y destaca que el 70 % del personal lo componen hombres frente al 30 % de mujeres. Esta diferencia se incrementa en el sector secundario, el cual está formado por un 87% de hombres frente un 13 % de mujeres. En cuanto al sector terciario se muestra más equiparado con un 53 % de la plantilla masculina y un 47 % femenina.
  • La principal materia que recogen las empresas de los planes de igualdad analizados es la de lenguaje y comunicación no sexista (82 %), seguida de la salud laboral (77 %) y la violencia de género (65 %).
  • Un 82% de la muestra analizada recoge medidas de PRL vinculadas con términos relacionados con efectos en la salud de las trabajadoras debido a los riesgos psicosociales.
  • Un 54 % de los planes analizados contemplan la situación de embarazo y lactancia y un 79 % el acoso, bien por separado o de manera conjunta.
  • Un 26 % de los planes presenta medidas, en su mayoría muy genéricas, más allá de los riesgos psicosociales y de la protección en situación de embarazo, lactancia y acoso.
  • En un alto porcentaje de los planes se da por integrada la perspectiva de género en PRL aplicando alguna de las siguientes acciones:
    • Desagregando los datos por sexo.
    • Publicitando el lenguaje inclusivo y no sexista.
    • Listando medidas de conciliación no corresponsable.
    • Indicando que hay que tener en cuenta los riesgos psicosociales.
    • Ofreciendo información y formación a las personas trabajadoras.
    • Señalando la necesidad de protección en situación de embarazo o lactancia.
    • Presentando un protocolo para la prevención e intervención contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

 

RECOMENDACIONES

En cuanto a las recomendaciones generales el informe destaca las siguientes:

  • Incluir la perspectiva de género en los estudios e investigaciones.
  • Disponer de información desagregada teniendo en cuenta la variable sexo y aquellas variables relacionadas con el género, permitiendo a partir de la evaluación de riesgos analizar la exposición a los riesgos laborales y sus diferentes efectos.
  • Formar en perspectiva de género al personal prevencionista, al personal de medicina en el trabajo, y de manera transversal, a todos los niveles de la organización.
  • Visibilizar los trabajos de cuidados, tanto remunerados como no remunerados, y fomentar la conciliación corresponsable entre mujeres y hombres.
  • Incentivar la representación femenina en los diferentes espacios de decisión tanto de la de la parte social como empresarial.
  • Fomentar el uso del lenguaje inclusivo y no sexista.
  • Establecer indicadores para el seguimiento del nivel de integración de la perspectiva de género en PRL.
  • Incentivar los planes de igualdad voluntarios y la aplicación del RD 901/2020 como metodología de elaboración e implementación de los planes, incluso en aquellos supuestos en los que no es obligatorio por Ley.

Este estudio ofrece pautas metodológicas y de gestión para facilitar esa integración, destacando la necesidad de coordinación entre los departamentos de igualdad y prevención, la formación específica en género para los equipos técnicos y la incorporación de indicadores que permitan evaluar el impacto de las medidas adoptadas.

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