Día: 21 de julio de 2025

  • El Gobierno de Aragón lanza la “Marca de Excelencia en Igualdad”

    El Gobierno de Aragón lanza la “Marca de Excelencia en Igualdad”

    Zaragoza, 21 de julio de 2025. El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Presidencia, Relaciones Institucionales e Igualdad y del Instituto Aragonés de la Mujer (IAM), ha estrenado la “Marca de Excelencia en Igualdad”, un distintivo institucional que reconocerá a las organizaciones con resultados demostrables en igualdad de género. El sello, regulado por el Decreto 71/2025 (BOA núm. 135, 16 de julio), llega en un momento en que integrar la igualdad no solo es una exigencia legal, sino una ventaja competitiva.
    La convocatoria estará abierta a grandes compañías y pymes —incluso a las que aún no tienen obligación legal de plan de igualdad— siempre que acrediten medidas efectivas. A continuación, toda la información clave: requisitos, plazos y beneficios

    1. Finalidad  Reconocer a las entidades que aplican planes o medidas de igualdad, garantizan la igualdad retributiva y disponen de protocolos frente al acoso, fomentando la presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los niveles de la organización.


    2. Beneficiarias  Podrán solicitar la Marca todas las empresas y entidades públicas o privadas con al menos un centro de trabajo en Aragón. Las pymes sin plan de igualdad también podrán presentarse si demuestran medidas equivalentes evaluadas.


    3. Convocatoria y procedimiento


    Fase Detalle


    Periodicidad   Cada 2 años, mediante orden del departamento competente en igualdad (Instituto Aragonés de la Mujer, IAM).
    Publicación   Se anuncia en el BOA; la primera orden se prevé «en las próximas semanas».
    Plazo de solicitudes  Cada orden fijará un periodo mínimo de 15 días hábiles para presentar la petición.
    Presentación  Exclusivamente online a través de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón (procedimiento «Marca de Excelencia en Igualdad»).
    Documentación  Formulario oficial, declaraciones responsables y anexos acreditativos (ver apartado 4).
    Órgano gestor  Instituto Aragonés de la Mujer.
    Resolución  Máximo 3 meses desde que acaba el plazo de solicitudes.
    Notificación  Publicación en el BOA y en la sede electrónica.
    Silencio administrativo Desestimatorio si transcurren los 3 meses sin resolución.


    4. Requisitos y documentación mínima
    Nº Requisito / Documento Comentario
    1 Situación fiscal y de Seguridad Social regularizada Certificados positivos o declaración responsable.
    2 Ausencia de sanciones por discriminación en los últimos 4 años Declaración responsable.
    3 Plan de igualdad registrado (o medidas equivalentes) Incluir copia del plan e inscripción registral; si no existe obligación legal, aportar informe de medidas implantadas y publicitadas.
    4 Registro salarial desagregado por sexo Último registro retributivo firmado y, si procede, auditoría salarial.
    5 Protocolos de prevención y actuación frente al acoso Copia vigente y evidencias de difusión interna.
    6 Informe de seguimiento Balance de resultados del plan o de las medidas (últimos 12–24 meses).
    7 Participación sindical o de la representación de la plantilla Actas o informes que acrediten su intervención.
    8 Compromiso de la dirección Declaración de la persona responsable de la entidad.
    9 Otras evidencias Acciones de conciliación, flexibilidad horaria, formación en igualdad, distintivos similares obtenidos, etc.


    5. Criterios de valoración


    La Comisión Técnica calificará cada candidatura atendiendo, entre otros, a:
    • Calidad y alcance del plan o medidas de igualdad.
    • Presencia equilibrada de mujeres y hombres (plantilla general, mando intermedio, alta dirección).
    • Igualdad salarial efectiva y transparencia retributiva.
    • Conciliación corresponsable y medidas de corresponsabilidad.
    • Prevención del acoso y atención a víctimas.
    • Impacto en la comunidad y responsabilidad social con enfoque de género.


    6. Vigencia y prórroga
    Concepto Duración
    Concesión inicial 2 años a partir de la fecha de resolución.

    Prórroga 2 años adicionales si la entidad presenta un informe bienal que refleje avances y mantiene los requisitos.
    Suspensión temporal Falta de informe anual, sanciones no firmes o cambios no sustanciales en la organización.
    Revocación definitiva Sanción o sentencia firme por discriminación; incumplimiento grave de obligaciones.


    Durante la suspensión se paralizan los efectos positivos del distintivo; tras la revocación, la entidad deberá esperar 2 años (6 si hay reincidencia) para volver a solicitarlo.


    7. Derechos y efectos
    • Uso del logotipo oficial en comunicaciones, productos y acciones de marketing mientras dure la vigencia.
    • Puntuación extra en subvenciones y contratos públicos que valoren la igualdad.
    • Aparición en el Registro público de entidades distinguidas, gestionado por el IAM.

    Las organizaciones interesadas pueden consultar el texto completo del Decreto 71/2025 y descargar la guía de trámites en la página oficial del Gobierno de Aragón. Preparar con antelación la documentación (plan de igualdad, registro salarial y protocolos) agilizará la solicitud en cuanto se abra la primera convocatoria.