Zaragoza, 21 de julio de 2025. El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Presidencia, Relaciones Institucionales e Igualdad y del Instituto Aragonés de la Mujer (IAM), ha estrenado la “Marca de Excelencia en Igualdad”, un distintivo institucional que reconocerá a las organizaciones con resultados demostrables en igualdad de género. El sello, regulado por el Decreto 71/2025 (BOA núm. 135, 16 de julio), llega en un momento en que integrar la igualdad no solo es una exigencia legal, sino una ventaja competitiva.
La convocatoria estará abierta a grandes compañías y pymes —incluso a las que aún no tienen obligación legal de plan de igualdad— siempre que acrediten medidas efectivas. A continuación, toda la información clave: requisitos, plazos y beneficios
1. Finalidad Reconocer a las entidades que aplican planes o medidas de igualdad, garantizan la igualdad retributiva y disponen de protocolos frente al acoso, fomentando la presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los niveles de la organización.
2. Beneficiarias Podrán solicitar la Marca todas las empresas y entidades públicas o privadas con al menos un centro de trabajo en Aragón. Las pymes sin plan de igualdad también podrán presentarse si demuestran medidas equivalentes evaluadas.
3. Convocatoria y procedimiento
Fase Detalle
Periodicidad Cada 2 años, mediante orden del departamento competente en igualdad (Instituto Aragonés de la Mujer, IAM).
Publicación Se anuncia en el BOA; la primera orden se prevé «en las próximas semanas».
Plazo de solicitudes Cada orden fijará un periodo mínimo de 15 días hábiles para presentar la petición.
Presentación Exclusivamente online a través de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón (procedimiento «Marca de Excelencia en Igualdad»).
Documentación Formulario oficial, declaraciones responsables y anexos acreditativos (ver apartado 4).
Órgano gestor Instituto Aragonés de la Mujer.
Resolución Máximo 3 meses desde que acaba el plazo de solicitudes.
Notificación Publicación en el BOA y en la sede electrónica.
Silencio administrativo Desestimatorio si transcurren los 3 meses sin resolución.
4. Requisitos y documentación mínima
Nº Requisito / Documento Comentario
1 Situación fiscal y de Seguridad Social regularizada Certificados positivos o declaración responsable.
2 Ausencia de sanciones por discriminación en los últimos 4 años Declaración responsable.
3 Plan de igualdad registrado (o medidas equivalentes) Incluir copia del plan e inscripción registral; si no existe obligación legal, aportar informe de medidas implantadas y publicitadas.
4 Registro salarial desagregado por sexo Último registro retributivo firmado y, si procede, auditoría salarial.
5 Protocolos de prevención y actuación frente al acoso Copia vigente y evidencias de difusión interna.
6 Informe de seguimiento Balance de resultados del plan o de las medidas (últimos 12–24 meses).
7 Participación sindical o de la representación de la plantilla Actas o informes que acrediten su intervención.
8 Compromiso de la dirección Declaración de la persona responsable de la entidad.
9 Otras evidencias Acciones de conciliación, flexibilidad horaria, formación en igualdad, distintivos similares obtenidos, etc.
5. Criterios de valoración
La Comisión Técnica calificará cada candidatura atendiendo, entre otros, a:
• Calidad y alcance del plan o medidas de igualdad.
• Presencia equilibrada de mujeres y hombres (plantilla general, mando intermedio, alta dirección).
• Igualdad salarial efectiva y transparencia retributiva.
• Conciliación corresponsable y medidas de corresponsabilidad.
• Prevención del acoso y atención a víctimas.
• Impacto en la comunidad y responsabilidad social con enfoque de género.
6. Vigencia y prórroga
Concepto Duración
Concesión inicial 2 años a partir de la fecha de resolución.
Prórroga 2 años adicionales si la entidad presenta un informe bienal que refleje avances y mantiene los requisitos.
Suspensión temporal Falta de informe anual, sanciones no firmes o cambios no sustanciales en la organización.
Revocación definitiva Sanción o sentencia firme por discriminación; incumplimiento grave de obligaciones.
Durante la suspensión se paralizan los efectos positivos del distintivo; tras la revocación, la entidad deberá esperar 2 años (6 si hay reincidencia) para volver a solicitarlo.
7. Derechos y efectos
• Uso del logotipo oficial en comunicaciones, productos y acciones de marketing mientras dure la vigencia.
• Puntuación extra en subvenciones y contratos públicos que valoren la igualdad.
• Aparición en el Registro público de entidades distinguidas, gestionado por el IAM.
Las organizaciones interesadas pueden consultar el texto completo del Decreto 71/2025 y descargar la guía de trámites en la página oficial del Gobierno de Aragón. Preparar con antelación la documentación (plan de igualdad, registro salarial y protocolos) agilizará la solicitud en cuanto se abra la primera convocatoria.