El pasado 1 de septiembre entraron en vigor una gran parte de las medidas recogidas en el Real Decreto Ley 1/2023 en materia de bonificación e incentivos a la contratación que prevén impulsar el fomento de la contratación.
Como novedad significativa, entre otras, se recoge en el artículo 8 como requisito para que las empresas puedan acogerse a dichos incentivos el “Contar con el correspondiente plan de igualdad, en el caso de las empresas obligadas legal o convencionalmente a su implantación […]. “
Dicho requisito se considera cumplido no solo con tener elaborado y negociado el Plan de Igualdad, sino que es obligatorio tenerlo además registrado en REGCON.
Esta puesta en valor de los Planes de Igualdad viene a sumarse a la obligatoriedad para la contratación con el Sector Público que indica la Ley de Presupuestos del Estado para el 2023 y que ya recogimos en anterior entrada en el blog.
Desde marzo de 2022 es obligatorio para las empresas de más de 50 trabajadores tener implantado y registrado un Plan de Igualdad.