ANTEPROYECTO DE LEY DE FAMILIAS

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El 13 de diciembre se aprobó en Consejo de Ministros el Anteproyecto de la Ley de Familias.

El texto se articula en torno a cuatro pilares principales:

  • La ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza.
  • Avanzar en la garantía del derecho a la conciliación.
  • El pleno reconocimiento jurídico de los distintos tipos de familias que ya existen en nuestro país.
  • El reconocimiento y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

 

Este es el resumen de alguna de las medidas que presenta la futura Ley de Familias:

  • Se abre un nuevo marco de derechos para los distintos tipos de familias: las familias LGTBI, adoptivas, acogedoras, con personas con discapacidad, etc.
  • Se amplían derechos para las parejas de hecho, que tendrán acceso, por ejemplo, a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.
  • Las familias monoparentales con dos o más descendientes se equiparán en derechos a las familias numerosas.
  • Se amplía la renta por crianza de 100€/mes por hijo/a a cargo de 0 a 3 años a las familias que estén percibiendo prestaciones contributivas o subsidios de desempleo, y se reconocen derechos importantes como el acceso universal a la atención temprana, gratuita y de calidad.
  • Las mujeres que trabajan a tiempo parcial o temporal, que antes cobraban la renta por crianza en proporción a sus horas de jornada, ahora pasarán a cobrarla completa.
  • Se introducen nuevos permisos para favorecer la conciliación:
    • Permiso por cuidado de 5 días al año, retribuidos, por accidente o enfermedad graves, hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario para atender a un familiar hasta el 2º grado o conviviente.
    • Permiso parental de 8 semanas, que podrá disfrutarse de forma continuada o discontinua, a tiempo completo o parcial hasta que el menor cumpla 8 años. Su aplicación se hará de manera progresiva, con 6 semanas en 2023 hasta alcanzar las 8 semanas en 2024.
    • Permiso por “causa de fuerza mayor”, que permitirá ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes e imprevisibles como en el caso de una enfermedad o un accidente. Este permiso será de 4 días retribuidos al año, pudiéndose disfrutar por horas.

 

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